Artículo 23.—De las acciones del
Programa: Mediante procedimientos sistematizados y planificados se
abarcarán al menos las siguientes acciones:
a) Capacitación en formación humana, entendida como
la realización de procesos formativos, que contribuyan con el fortalecimiento
personal y de la familia en forma integral hacia el logro de nuevas actitudes
sociales y culturales, hábitos de vida y de trabajo, orientados al logro de
destrezas sociales y culturales, que les permita su incorporación a procesos de
integración y promoción social que contribuyan a mejorar su calidad de vida.
Los temas se abordan con la perspectiva de género que permita comprender las
desiguales condiciones y situaciones en que la mujer pobre, miembra de una
familia, jefa de hogar o adolescente embarazada y madre se desenvuelve en la
sociedad.
b) Capacitación técnica laboral y educación como
complemento a la formación humana se plantea el interés de vincular a las
mujeres en condiciones de pobreza, jefas de hogar, a las mujeres con discapacidad
y a las adolescentes madres al mercado laboral por medio del empleo digno e
iniciativas autogestionarias. Por ello se promoverán acciones de capacitación
técnica dirigidas a los grupos mencionados en condiciones de pobreza
brindándoles las herramientas necesarias para el desempeño de un oficio que
permita la incorporación tanto a empleos formales como informales, estables y
bien remunerados. Esta capacitación debe responder a sus necesidades y
experiencias, así como a las posibilidades de inserción en el mercado laboral.
Se promoverá además, la incorporación de las mujeres a
diversos proyectos educativos, académicos y técnicos.
c) Inserción laboral y productiva, con el objetivo de
incentivar el protagonismo de la mujer en la satisfacción de sus propias necesidades,
se promoverá la creación de unidades productivas individuales o grupales, con
posibilidades de sostenibilidad y el fortalecimiento de las microempresas
existentes, tomando en cuenta los nuevos retos planteados por la globalización,
que implican la incorporación y asimilación de nuevas tecnologías de
producción, basados en estudios factibilidad con perspectiva de género, por
medio de un incentivo económico que permita su desarrollo y así mejorar los
ingresos y por ende la calidad de vida de las mujeres. Este componente se
desarrollará en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y
su Programa Nacional de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (PRONAMYPE. Además,
se coordinará con el Sistema Nacional de Información, orientación e intermediación
de empleo, con el propósito de establecer acciones interinstitucionales e
interdisciplinarias, integrando y coordinando esfuerzos, de manera que las
personas puedan optar hacia un nivel de vida digno y de superación, conforme a
la detección de fuentes de empleo viables, de acuerdo a su perfil laboral.
A través de un fideicomiso suscrito por el IMAS, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 7769, se apoyarán
las iniciativas microempresaria les dé las mujeres y familias en condiciones de
pobreza como un medio para lograr su inserción laboral y productiva y mejorar
su calidad de vida.
d) Acceso a vivienda digna, con base en una lista de
las mujeres participantes en el Programa, el Ministerio de la Vivienda y
Asentamientos Humanos, dará prioridad de inclusión a las mujeres para ser
receptoras del bono gratuito de la vivienda, de acuerdo con los requisitos de
ley.
e) Incentivo económico ligado a los procesos de
capacitación, se otorgará un subsidio económico a las participantes en los
procesos de formación humana y capacitación técnica para fortalecer su
capacidad de insertarse en el mercado laboral y promover la transformación de
patrones culturales que generan condiciones de discriminación hacia las
mujeres.