Buscar:
 Normativa >> Tratados Internacionales 8247 >> Fecha 22/04/2002 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Tratados Internacionales 8247 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1
Nº 8247

Nº 8247

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

APROBACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO

DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS

DEL NIÑO RELATIVO A LA PARTICIPACIÓN

DE NIÑOS EN LOS CONFLICTOS ARMADOS

        Artículo 1º—Apruébase, en cada una de sus partes, el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de mayo de 2000. El texto es el siguiente:

PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN

SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO

A LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS

EN LOS CONFLICTOS ARMADOS

(Nota de Sinalevi: Por tener articulado propio el “Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativos a la Particiapción de Niños en los Conflictos Armados” debe consultarse en el sistema en forma independiente)

Ir al inicio de los resultados