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 Normativa >> Reglamento municipal 3 >> Fecha 02/05/2002 >> Articulo 43
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Normativa - Reglamento municipal 3 - Articulo 43
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Artículo 43
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Artículo 43

Artículo 43.—Proceso entrega de becas a estudiantes.

Requisitos:

1. Carné con foto y sello de la institución educativa.

2. En caso de que la institución no emita carnés con foto, el estudiante deberá presentar una certificación del Centro Educativo en este sentido y aportar constancia de nacimiento con fotografía.

3. En el caso de que no pueda presentarse el estudiante, la beca podrá ser retirada por el padre, la madre o custodio debidamente identificado.

Descripción del proceso:

1. El proceso inicia cuando la Secretaría Municipal comunica a la Tesorería el Acuerdo de Concejo con los nombres de los beneficiarios de las becas, sus padres o custodios y los números de cédula de estos, así como la indicación de que los contratos ya han sido firmados.

2. La Unidad de Tesorería recibe la comunicación y la archiva.

3. El estudiante deberá presentar el carné de la Institución Educativa a la que asiste para retirar la ayuda económica, o en su defecto, los documentos antes establecidos como requisitos.

4. Se verifica la documentación recibida.

5. Si es conforme se hace entrega de la beca.

6. Si no es conforme, se comunica al beneficiario para que subsane las deficiencias.

7. Una vez enmendadas, se le puede entregar la beca.

8. Cuando por algún motivo especial el estudiante no puede presentarse a retirar la ayuda económica, puede retirar el padre, la madre o custodio debidamente identificado.

9. Se registra la firma de recibido de quien retira en el registro correspondiente y se archiva, dando por finalizado el proceso.

 

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