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 Normativa >> Reglamento municipal 3 >> Fecha 02/05/2002 >> Articulo 63
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Normativa - Reglamento municipal 3 - Articulo 63
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Artículo 63
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Artículo 63

Artículo 63.—Proceso solicitud de becas para estudiantes de escasos recursos económicos.

Requisito: Los establecidos mediante acuerdo de la Comisión de Becas, avalado por el Concejo Municipal, en sesión Nº 212-02, artículo 6º, inciso 2) del día 5 de febrero del 2002.

Descripción:

1. El proceso inicia cuando la Comisión de Becas emite dictamen para la entrega de formularios de solicitud.

2. El dictamen de Comisión se traslada al Concejo Municipal, que toma el acuerdo de acoger el dictamen y proceder a la entrega de los formularios.

3. La Secretaría Municipal traslada los formularios a los Concejos de Distrito para su distribución a los Administrados.

4. Los Administrados llenan los formularios, adjuntan los requisitos y los entregan al Concejo de su Distrito.

5. Los Concejos de Distrito trasladan a la Secretaría Municipal los formularios con los requisitos adjuntos.

6. La Secretaría Municipal recibe los documentos, los sella como recibidos y los traslada a la Comisión de Becas.

7. La Comisión de Becas califica los requisitos.

8. Si no son conforme, los traslada al administrado y le comunica el plazo de 10 días que señala el artículo 6º de la Ley Nº 8220, para que efectúe las correcciones pertinentes.

9. Si los requisitos son conforme, se emite dictamen de aprobación de becas y se traslada al Concejo Municipal.

10. El Concejo Municipal toma acuerdo de acoger dictamen de Comisión.

11. La Secretaría Municipal comunica el acuerdo a las Unidades de Recursos Humanos y Tesorería, para lo que les compete, y a los beneficiarios, citándolos para la firma del convenio.

12. Se firma el convenio, se entrega una copia al interesado, se archivan los documentos y se da por finalizado el proceso.

 

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