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 Normativa >> Ley 6797 >> Fecha 04/10/1982 >> Articulo 57
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Normativa - Ley 6797 - Articulo 57
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Artículo 57
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Artículo 53

Artículo 57.- (Derogado por el inciso w) del artículo 31 de  la Ley N° 8114 de 4 de julio del 2001, “Ley de simplificación y Eficiencias Tributarias”. Posteriormente vuelto a derogar por el artículo 3  de la  Ley 8246 de 24 de abril del 2002)

(Así corrida su numeración por el artículo 2 de la Ley N° 8246 de 24 de abril del 2002, que lo traspaso del antiguo artículo 53 al 57)

 

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