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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30571 >> Fecha 25/06/2002 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30571 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7º—Cualquier establecimiento de salud o afín que no se haya descrito específicamente en el anexo 1 deberá realizar el trámite de solicitud de Habilitación indicado para el Grupo A

Artículo 7º—Cualquier establecimiento de salud o afín que no se haya descrito específicamente en el anexo 1 deberá realizar el trámite de solicitud de Habilitación indicado para el Grupo A.

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