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 Normativa >> Reglamento municipal 11 >> Fecha 02/07/2002 >> Articulo 21
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Normativa - Reglamento municipal 11 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21

Artículo 21.—Los sistemas de pago, establecidos en este Reglamento, podrán ser adecuados por la Administración Municipal, cuando se establezcan medios de pagos electrónicos, siempre que se mantengan los controles adecuados.

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