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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28086 >> Fecha 18/08/1996 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28086 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6°—Para autorizar el desalmacenaje de la harina de maíz importada, el importador deberá demostrar en el certificado de calidad del país de origen o certificado de análisis realizado en un laboratorio acreditado, la conformidad del producto con l

    Artículo 6°—Para autorizar el desalmacenaje de la harina de maíz importada, el importador deberá demostrar en el certificado de calidad del país de origen o certificado de análisis realizado en un laboratorio acreditado, la conformidad del producto con la fortificación establecida en el presente reglamento, para cada partida de importaciones.

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