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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30629 >> Fecha 15/07/2002 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30629 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:

Artículo 2º—Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:

a) Ley: La Ley Nº 7932, del 28 de octubre de 1999.

b) Reglamento: Este Reglamento.

c) C. A. C: Los Centros Agrícolas Cantonales.

d) Federación y Federaciones: Federación o Federaciones de Centros Agrícolas Cantonales.

e) Confederación: La Confederación Nacional de Centros Agrícolas Cantonales.

f) Registro: El Registro del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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