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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30629 >> Fecha 15/07/2002 >> Articulo 31
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30629 - Articulo 31
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Artículo 31
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Artículo 31

Artículo 31.—La Junta Directiva estará compuesta por un presidente, un vicepresidente, un tesorero, un secretario, un vocal y un suplente. Además habrá un fiscal. Todos durarán en su función dos años, pudiendo ser reelegidos.

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