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 Normativa >> Ley 6247 >> Fecha 02/05/1978 >> Articulo 20
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Normativa - Ley 6247 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20.- Todos los aspectos sanitarios del manejo y venta de carne en el mercado nacional, estarán bajo las regulaciones del Ministerio de Salud.

 

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