SECCIÓN II
SECCIÓN II
El auditor y subauditor internos
Artículo 29.—Requisitos de los puestos. Los entes y órganos sujetos a esta Ley definirán, en sus respectivos manuales de cargos y clases, la descripción de las funciones y los requisitos correspondientes para cada uno de los cargos, de conformidad con los lineamientos que emita al respecto la Contraloría General de la República.
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