Disposiciones Transitorias
Disposiciones Transitorias
Transitorio
I.—Los entes y órganos sujetos a esta Ley cuyo auditor
y subauditor internos estén nombrados con una jornada
laboral inferior a medio tiempo a la fecha de su publicación, dispondrán de un
plazo máximo de doce meses para ajustarse a lo aquí dispuesto.
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