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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30709 >> Fecha 17/09/2002 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30709 - Articulo 1
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Artículo 1
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DECRETOS

DECRETOS

Nº 30709-MAG-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, 34, 35 y 36 de la Ley Nº 7331, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres.

Considerando:

1º—Que según el Servicio de Tierras de la Dirección de Desarrollo de Tierras y Aguas (AGLL) de la FAO, sobre el secuestro de carbono dentro del marco de su programa de planificación y manejo integrado de los recursos de la tierra para el desarrollo rural sostenible, "los suelos agrícolas están entre los sumideros de carbono más grande del planeta con potencial para extender el secuestro de carbono (SC) y proporcionar así la posibilidad de mitigar la concentración atmosférica de CO2 en incesante crecimiento. Dentro del Protocolo de Kyoto y en las discusiones subsiguientes del Comité de las Partes, hay un cierto número de elementos que hacen que el secuestro de carbono en las tierras agrícolas y forestales constituya una estrategia válida para mitigar el incremento de la concentración atmosférica de los gases de invernadero. El artículo 3.4 del Protocolo de Kyoto puede permitir la expansión de actividades inducidas por el hombre de los sumideros de carbono. Los recientes acuerdos post-Kyoto consideran los sumideros en los suelos en los países, reconociendo el potencial sustancial de la agricultura, las tierras de pastoreo y los bosques para, secuestrar carbono y la necesidad de generar posibilidades de créditos nacionales para desarrollar los sumideros de agrícolas de carbono en el suelo."

2º—Que según la misma Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, en su libro Sistemas de Producción Agropecuaria y Pobreza, "Los pequeños agricultores producen gran parte de los alimentos del mundo en desarrollo, sin embargo, suelen ser mucho más pobres que el resto de la población de esos países, y tienen menos seguridad alimentaria incluso que los sectores urbanos pobres. Además, si bien en muchos países en desarrollo el proceso de urbanización está avanzando aceleradamente, las poblaciones agrícolas en 2030 no serán mucho menos numerosas que hoy en día. De esta manera, en el futuro previsible, tratar la pobreza y el hambre en gran parte del mundo supone afrontar los problemas que padecen los pequeños campesinos y sus familias en su lucha diaria por la subsistencia. Las prioridades y las políticas de inversión deben tomar en cuenta la enorme diversidad de oportunidades y de problemas que afrontan los pequeños agricultores. Los recursos que aprovechan, la elección de sus actividades, en general la estructura total de sus vidas se enlaza inseparablemente con el medio biológico, material, económico y cultural en que viven y sobre el cual tienen poco control. Si bien cada agricultor es un individuo, los que comparten condiciones parecidas a menudo tienen problemas y prioridades comunes que trascienden los linderos administrativos y políticos".

3º—Que la entrada en vigencia de la Revisión Técnica Vehicular ha afectado a este sector, en cuanto sus vehículos de trabajo han carecido de inversión en mantenimiento y renovación por muchos años, dadas las difíciles condiciones económicas y físicas del medio en el cual se desempeñan.

4º—Que si el Estado no genera una situación transitoria para que este sector se adapte al proceso de Revisión Técnica Vehicular, la mayoría de los pequeños y medianos agricultores carecerán de medios para traer sus productos al área metropolitana y eso generará un efecto en cadena que tendrá repercusiones importantes en la sociedad civil.

5º—Que por otra parte, este sector tiene un impacto muy leve en la contaminación ambiental generada por los vehículos, dado que más bien los suelos agrícolas están entre los sumideros de carbono más grandes del planeta con potencial para extender el secuestro de carbono (SC) y proporcionar así la posibilidad de mitigar la concentración atmosférica de CO2 en incesante crecimiento.

6º—Que la situación anterior fue expuesta por diferentes organizaciones de agricultores al Señor Presidente de la República el día 12 de julio del 2002, quien se comprometió a brindarles apoyo y una vía alterativa que tomara en cuenta sus especiales circunstancias y sobre todo sus aportes al ambiente y a la sociedad costarricense. Por lo tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Definición. Para los efectos del presente Decreto, se entiende como pequeño y mediano productor agropecuario aquel que sea así definido por la FAO y aprobado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería.

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