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CAPITULO III
SECCION DE CEDULAS Y FOTOGRAFIAS
Funciones de esta Sección.
ARTICULO 88.- Corresponde a esta Sección:
a) Confeccionar las tarjetas cedulares;
b) Hacer, ordenar o recibir, según el caso, la fotografía de los
ciudadanos;
c) Expedir las cédulas de identidad;
d) Custodiar el tarjetero cedular y el fichero fotográfico;
e) Confeccionar los correspondientes Padrones Fotográficos para
identificar a los electores en el curso de la votación; y
f) Las demás funciones que disponga la Ley o el Tribunal.
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