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 Normativa >> Ley 3504 >> Fecha 10/05/1965 >> Articulo 100
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Normativa - Ley 3504 - Articulo 100
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Artículo 100
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100

Confección de tarjeta en cada caso. Datos que contendrá la misma.

ARTICULO 100.- La tarjeta de inscripción electoral contendrá los

siguientes datos: nombre y apellidos, sexo, número de cédula de

identidad, su distrito electoral y cualquier otro dato que se considere

necesario. De cada tarjeta de inscripción se harán copias exactas y

suficientes a fin de mantener al día el índice alfabético general y para

cualquier otro propósito.

( Así reformado por el artículo 1º de la ley No. 4859 de 7 de

octubre de 1971 ).

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