Buscar:
 Normativa >> Ley 8325 >> Fecha 04/11/2002 >> Articulo 5
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 5     >>
Normativa - Ley 8325 - Articulo 5
Ir al final de los resultados
Artículo 5
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 5º—El MEP y las instituciones de educación superior universitaria, públicas y privadas, y parauniversitaria, mediante sus programas aprobados de educación ambiental, promoverán la protección y la conservación de nuestros recursos naturales, con

Artículo 5º—El MEP y las instituciones de educación superior universitaria, públicas y privadas, y parauniversitaria, mediante sus programas aprobados de educación ambiental, promoverán la protección y la conservación de nuestros recursos naturales, con especial énfasis en la protección de tortugas marinas.

Ir al inicio de los resultados