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 Normativa >> Ley 7093 >> Fecha 22/04/1988 >> Articulo 25
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Normativa - Ley 7093 - Articulo 25
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Artículo 25    (No vigente*)
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25

Artículo 25.- Se impondrá prisión de trece meses a dos años, a los distribuidores y a los fabricantes de las sustancias a las que se refiere el artículo 4 de la presente Ley, que no presentaran la descripción y las muestras a los organismos que se señalan en el citado artículo.

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