Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30843 >> Fecha 29/10/2002 >> Articulo 10
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 10     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 30843 - Articulo 10
Ir al final de los resultados
Artículo 10    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
CAPÍTULO V

CAPÍTULO V

De la Secretaría Ejecutiva de Planificación Sectorial

Artículo 10.—El Sector Vivienda y Asentamientos Humanos contará con una Secretaría Ejecutiva de Planificación la cual administrativamente dependerá del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos y jerárquicamente del Ministro Rector del Sector y a la cual le corresponderá:

a) Actuar como órgano de apoyo al Ministro Rector y del Consejo Nacional Sectorial de Vivienda y Asentamientos Humanos;

b) Coordinar dentro del Sector Vivienda y Asentamientos Humanos, los estudios a escala nacional o regional requeridos para la ejecución, control y evaluación de las políticas, programas y proyectos del Plan Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos y cuando se requiera con el apoyo de los Comités Sectoriales Regionales;

c) Coadyuvar en el mantenimiento y actualización de un Sistema de Información del Sector Vivienda y Asentamientos Humanos, que permita al Ministro Rector, al Consejo Nacional Sectorial y a las distintas entidades públicas y privadas, la formación, registro y documentación necesarias para la planificación;

d) Velar por la ejecución de las directrices y decisiones del Consejo Nacional Sectorial;

e) Las demás funciones que le encomiende el Ministro Rector o el Consejo Nacional Sectorial.

Ir al inicio de los resultados