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 Normativa >> Ley 8343 >> Fecha 18/12/2002 >> Articulo 50
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Normativa - Ley 8343 - Articulo 50
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Artículo 50
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Artículo 50

Artículo 50.—Sujetos pasivos. Serán sujetos pasivos los fondos de inversión autorizados al tenor de las disposiciones de la Ley reguladora del mercado de valores, Nº 7732, de 17 de diciembre de 1997.

 

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