Buscar:
 Normativa >> Ley 8341 >> Fecha 09/12/2002 >> Articulo 7
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 7     >>
Normativa - Ley 8341 - Articulo 7
Ir al final de los resultados
Artículo 7
Versión del artículo: 29  de 29
Anterior

ARTÍCULO 7:  REQUERIMIENTOS DE PERSONAL PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 2003 (...)

(NOTA: Por lo extenso de su contenido ver Alcance N° 93 a la Gaceta N° 251 de 30 de diciembre del 2002)

(Modificado por el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 30893 de 10 de diciembre de 2002).

(Modificado por el artículo 1° del Decreto Ejecutivo Nº 30942 de 14 de enero de 2003).

(Modificado por el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 31042 de 3 de marzo de 2003 ( en cuanto a relación de puestos de Cargos Fijos de la Asamblea Legislativa, Poder Judicial, Defensoría de los Habitantes y Tribunal Supremo de Elecciones)).

(Modificado por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo Nº 31132 de 4 de abril de 2003).

(Modificado por el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N°31121 de 7 de abril de 2003 ( en cuanto a relación de puestos del Ministerio de Educación Pública).

(Modificado por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N°31178 de 08 de mayo de 2003, publicado en La Gaceta No. 104 de 02 de junio de 2003)

(Modificado por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31200 de 16 de mayo de 2003, publicado en La Gaceta No. 112 de 12 de junio de 2003)

(Modificado por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31216 de 04 de junio de 2003, publicado en La Gaceta No. 124 de 30 de junio de 2003)

(Modificado por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31229 de 04 de junio de 2003, publicado en La Gaceta No. 130 de 08 de julio de 2003)

(Así REFORMADO PARCIAL Y EXPRESAMENTE por el artículo 3° del Decreto Ejecutivo N° 31262 de 23 de junio de 2003, publicado en La Gaceta No. 138 de 18 de julio de 2003, Alcance 39.)

(Así MODIFICADO   por el artículo 2° de la Ley  N° 8363 de 01 de julio de 2003, publicado en La Gaceta No. 135 de 15 de julio de 2003.)

(Así REFORMADO PARCIAL Y EXPRESAMENTE por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31291 de 3 de julio de 2003, publicado en La Gaceta No. 143 de 28 de julio de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31293 de 08 de julio de 2003, publicado en La Gaceta No. 147 de 01 de agosto de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31301 de 16 de julio de 2003, publicado en La Gaceta No. 155 de 13 de agosto de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 3° del Decreto Ejecutivo N° 31301 de 16 de julio de 2003, publicado en La Gaceta No. 155 de 13 de agosto de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31304 de 16 de julio de 2003, publicado en La Gaceta No. 155 de 13 de agosto de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31307 de 18 de julio de 2003, publicado en La Gaceta No. 155 de 13 de agosto de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31318 de 28 de julio de 2003, publicado en La Gaceta No. 160 de 21 de agosto de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31333 de 04 de agosto de 2003, publicado en La Gaceta No. 166 de 29 de agosto de 2003.)

(Así REFORMADO PARCIAL Y EXPRESAMENTE por el artículo 6° de la Ley No. 8374 de 13 de agosto de 2003, publicado en La Gaceta No. 161 de 28 de agosto de 2003, Alcance 43, la cuál reformó el inciso a) del presente artículo.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31352 de 19 de agosto de 2003, publicado en La Gaceta No. 176 de 12 de setiembre de 2003, el cuál modificó el inciso a) del presente artículo.)

(Así MODIFICADO por el artículo 3° del Decreto Ejecutivo N° 31352 de 19 de agosto de 2003, publicado en La Gaceta No. 176 de 12 de setiembre de 2003, el cuál modificó el inciso b) del presente artículo.)

(Así MODIFICADO por el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 31360 de 05 de setiembre de 2003, publicado en La Gaceta No. 182 de 23 de setiembre de 2003, el cuál modificó el inciso a) del presente artículo.)

(Así MODIFICADO TÁCITAMENTE por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31360 de 05 de setiembre de 2003, publicado en La Gaceta No. 182 de 23 de setiembre de 2003, el cuál reformó el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31178 el cuál modificaba a su vez el artículo 7 inciso a) de la presente Ley.)

(Así MODIFICADO por el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 31396 de 24 de setiembre de 2003, publicado en La Gaceta No. 201 de 20 de octubre de 2003, el cuál modificó el inciso a) del presente artículo.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31395 de 26 de setiembre de 2003, publicado en La Gaceta No. 198 de 15 de octubre de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31403 de 06 de octubre de 2003, publicado en La Gaceta No. 205 de 24 de octubre de 2003, el cuál modificó el inciso a) del presente artículo.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31445 de 10 de octubre de 2003, publicado en el Alcance No. 51-A a La Gaceta No. 215 de 7 de noviembre de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31457 de 10 de octubre de 2003, publicado en La Gaceta No. 224 de 20 de noviembre de 2003, el cuál modificó el inciso a) del presente artículo.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31418 de 15 de octubre de  2003, publicado en La Gaceta No. 211 de 3 de noviembre  de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31452 de 21 de octubre de  2003, publicado en La Gaceta No. 220 de 14 de noviembre de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31456 de 29 de octubre de  2003, publicado en La Gaceta No. 224 de 20 de noviembre de 2003.)

(Modificado el inciso a) por artículo 2° del Decreto Ejecutivo No. 31484 de 30/10/2003, publicado en La Gaceta N° 229 de 27 de noviembre de 2003).

(Modificado el inciso a) por artículo 2° del Decreto Ejecutivo No. 31486 de 05 de noviembre de 2003, publicado en La Gaceta N° 230 de 28 de noviembre de 2003).

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31482 de 13 de noviembre de 2003, publicado en La Gaceta N° 227 de 25 de noviembre de 2003.)

(Así MODIFICADO por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31475 de 14 de noviembre de 2003, publicado en el Alcance N° 56 a La Gaceta N° 225 de 21 de noviembre de 2003.)

(Modificado el inciso a) por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31495 de 21 de noviembre de 2003, publicado en el Alcance N° 57 a La Gaceta N° 230 de 28 de noviembre de 2003.)

(MODIFICADO por artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 31523 de 26 de noviembre de 2003, publicado en La Gaceta N° 240 de 12 de diciembre de 2003, el cual modificó el inciso a) del presente artículo.)

(MODIFICADO por artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31544 de 27 de noviembre de 2003, publicado en La Gaceta N° 244 de 18 de diciembre de 2003, el cual modificó el inciso a) del presente artículo.)

(MODIFICADOS los incisoa a) y b) de este artículo   por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N°31507 de 02 de diciembre de 2003, publicado en La Gaceta N° 239 de 11 de diciembre de 2003.)

(REFORMADO por artículo 3° de la Ley N° 8397 de 3 de diciembre de 2003, publicada en La Gaceta N° 238 de 10 de diciembre de 2003)

(MODIFICADOS los incisos a) y b) de este artículo, por el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 31539 de 8 de diciembre de 2003, publicado en el Alcance N° 61 a La Gaceta N° 240 de 12 de diciembre de 2003).

(REFORMADO PARCIAL Y EXPRESAMENTE por el artículo 6° de la Ley N° 8402 de 17 de diciembre de 2003, publicado en La Gaceta N° 244 de 18 de diciembre de 2003, Alcance 63, la cual reformó los incisos a) y b) del presente artículo.)

Ir al inicio de los resultados