Artículo 2ºCréase el Consejo de Seguridad Integral y Participación
Ciudadana, el cual será presidido por la Primera Vicepresidenta de la República y
estará conformado por los Ministros, Presidentes Ejecutivos y Directores de cada una de
las entidades q
Artículo 2ºModificar el artículo 2° del Decreto Ejecutivo Nº
30583-MP-PLAN de 24 de junio del 2002, para que se lea de la siguiente manera:
"Artículo 2ºCréase el Consejo
de Seguridad Integral y Participación Ciudadana, el cual será presidido por la Primera
Vicepresidenta de la República y estará conformado por los Ministros, Presidentes
Ejecutivos y Directores de cada una de las entidades que conforman el Área."
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