Artículo 106.—Sin perjuicio de lo dispuesto
en el Estatuto de Servicio Civil, su Reglamento, Código de Trabajo y este
Reglamento, son obligaciones de los (as) funcionarios (as) con cargo de
jefatura:
1. Diagnosticar
periódicamente en forma objetiva y veraz, el desempeño de todos sus
colaboradores (as) en los aspectos técnicos, operativos, administrativo,
disciplinario, y brindarles o gestionar la capacitación que requieran.
2. Preparar
informes y reportes con la correspondiente periodicidad sobre la marcha de su
respectiva dependencia o proyecto; o en forma inmediata, sobre cualquier hecho
relevante que requiera pronta solución.
3. Observar
que se cumplan las normas de disciplina y asistencia que el CONAVI tenga en
aplicación y comunicar a sus superiores y a Recursos Humanos, las infracciones
a dichas disposiciones cometidas por sus colaboradores.
4. Planificar,
orientar y guiar a sus colaboradores (as) para que las actividades y procesos
asignados se desarrollen conforme a las normas de eficiencia y calidad
deseadas.
5. Velar
porque sus colaboradores (as) disfruten de sus vacaciones de modo tal que no se
produzcan acumulaciones indebidas de éstas.
6. Elevar
ante Recursos Humanos, en el término improrrogable de tres días hábiles a
partir de que tuvo conocimiento, los informes correspondientes sobre las faltas
en que incurrieron los (as) funcionarios (as) a su cargo.
7. Velar
porque los (as) funcionarios (as) bajo su coordinación y supervisión, cumplan
con las obligaciones señaladas en este Reglamento y leyes conexas, y no
incurran en las conductas prohibitivas que aquí se señala.
8. Analizar
las pruebas aportadas por sus funcionarios (as) con respecto a las
irregularidades de asistencia, para lo cual en el caso de que las apruebe
deberá insertar su firma en la tarjeta de asistencia.
9. Suministrar
la información que otras dependencias en asuntos propios de su gestión le
soliciten para atender procesos o procedimientos de ley, todo dentro de los
plazos que al efecto se señalen
10. Comparecer
ante el Consejo de Administración cuando así sea solicitado por el Director
Ejecutivo, a rendir informes sobre los asuntos de su competencia.
11. Asistir,
cuando sea nombrado(a) por el Consejo de Administración o por el (la)
Director(a) Ejecutivo(a), regularmente a las sesiones de Comisiones
respectivas.
12. Planear
y programar a los niveles que lo exijan, las condiciones del entorno, las
acciones estratégicas y operativas pertinentes y formular los anteproyectos de
presupuesto correspondientes.
13. Efectuar
la calificación y evaluación del desempeño de los (as) colaboradores (as) en
forma objetiva, puntual, veraz y apoyada en el expediente de desempeño de cada
subalterno(a), así como enviar en el plazo estipulado los documentos y reportes
que al afecto se establezcan. Este expediente deberá ser confeccionado y
custodiado por cada jefatura.
14. Atender
las observaciones, ideas e inquietudes del equipo de colaboradores (as) y
buscar la pronta solución a las gestiones que le formulen, siempre y cuando
procedan, dentro del ámbito de actividad y conforme al ordenamiento
establecido.
15. Velar
porque las relaciones interpersonales sean cordiales y se desarrollen dentro de
los cánones del respeto mutuo.
16. Crear
y mantener una cultura de trabajo, orientada a estimular en sus colaboradores
(as) el trabajo en equipo, sustentado en un enfoque de procesos o productos y
en una vocación de creatividad y anticipación a los cambios.
17. Brindar
especial atención a los (as) servidores (as) en los aspectos propios del
desempeño de éstos, durante el período de prueba.