Artículo 5º—Las normas del presente Reglamento deben ser interpretadas y
aplicadas recurriendo a los métodos y procedimientos usuales en el Régimen de
Servicio Público, el Derecho Administrativo, y supletoriamente en el derecho
Laboral según corresponda
Artículo 5º—Las normas del presente
Reglamento deben ser interpretadas y aplicadas recurriendo a los métodos y
procedimientos usuales en el Régimen de Servicio Público, el Derecho
Administrativo, y supletoriamente en el derecho Laboral según corresponda y leyes
conexas en forma que mejor garantice la realización del fin público que se
dirigen, dentro del respeto debido a los derechos del (de la) servidor(a).
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