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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30941 >> Fecha 20/12/2002 >> Articulo 66
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30941 - Articulo 66
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Artículo 66
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Artículo 66

Artículo 66.—Las licencias con goce de salario debidamente justificadas menores a un mes deberán ser otorgadas por el (la) Director(a) Ejecutivo(a).

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