SECCIÓN II
SECCIÓN II
Recolección
y transporte interno de los desechos infecto-contagiosos
Artículo
11.Se destinarán carritos manuales con tapa exclusivamente para la recolección y
depósito en el área de almacenamiento.
a) Los carritos manuales de
recolección se lavarán y desinfectarán diariamente con agua, jabón y algún producto
químico que garantice sus condiciones higiénicas.
b) Los carritos manuales de
recolección deberán tener la leyenda: USO EXCLUSIVO PARA DESECHOS
INFECTO-CONTAGIOSOS y marcado con el símbolo universal de riesgo biológico (Anexo
1) de este Reglamento.
c) El diseño del carrito manual de
recolección deberá prever la seguridad en la sujeción de las bolsas y los contenedores,
así como el fácil tránsito dentro de la instalación.
d) Los carritos manuales de
recolección no deberán rebasar su capacidad de carga durante su uso de tal manera que se
permita mantenerlos tapados.
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