Artículo 14
Artículo
14.El equipo mínimo de protección del personal que efectúe la recolección
consistirá en uniforme completo, guantes y mascarilla o cubreboca. Si se manejan residuos
líquidos se deberán usar anteojos de protección. El personal deberá estar vacunado
contra la hepatitis B y el tétano y cualquier otra enfermedad prevalente para la que
exista vacuna. Esta vacuna debe estar debidamente documentada y a disposición de las
autoridades del Ministerio de Salud.
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