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 Normativa >> Ley 8346 >> Fecha 12/02/2003 >> Articulo 6
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Normativa - Ley 8346 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º—Prohibiciones

Artículo 6º—Prohibiciones. Prohíbese al SINART, S. A., participar en actividades políticas y difundir propaganda política, excepto en lo siguiente:

a) Las informaciones que se divulguen en los diversos programas de noticias.

b) La organización de discusiones doctrinarias sobre problemas nacionales.

c) Los programas que realice el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) para orientar a los ciudadanos sobre el debido uso del derecho al voto.

d) Las cadenas de radio y televisión en las cuales participen los Poderes del Estado.

e) Los programas de opinión e informativos en los que participen los candidatos a los puestos de elección popular.

f) La publicidad de los partidos políticos aprobada por el TSE será cancelada por las organizaciones políticas respectivas, de acuerdo con los costos y las tarifas correspondientes.

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