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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 21574 >> Fecha 21/08/1992 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 21574 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 21574-MIDEPLAN-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

Y DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En uso de las facultades conferidas en el artículo 140, incisos 3), 8) y 18) de la Constitución Política ;

DECRETAN:

Artículo 1°—Reformase el artículo 2 del decreto ejecutivo N° 12109 A OP publicado en " La Gaceta " No 243 del 19 de diciembre de 1980, mediante el cual se crea la Comisión Nacional de la Cebolla , de la siguiente manera:

"Artículo 2°— La Comisión estará integrada por:

a) Un representante del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

b) Un representante del Consejo Nacional de la Producción.

c) Un representante del Sistema Bancario Nacional,

ch) Un representante del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

d) Un representante de los agricultores de la Zona Alta.

e) Un representante de los agricultores de la Zona Media.

f) Un representante de la Coordinadora Nacional Agraria.

Cada uno de estos miembros propietarios tendrán su respectivo suplente."

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