Artículo 3°—La Comisión Presidencial, estará integrada por el Ministro de la Presidencia, el Ministro de Hacienda y el Ministro de Reforma del Estado
Artículo 3°—La Comisión Presidencial, estará integrada por el Ministro de la Presidencia, el Ministro de Hacienda y el Ministro de Reforma del Estado.
|