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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 03/07/2003 >> Articulo 23
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23

Artículo 23.—El responsable de cada archivo de gestión centralizado, será la persona encargada de las labores administrativas de la oficina, a quien le corresponderá administrar las funciones archivísticas que establezca el Archivo Central y servirá de enlace entre el archivo de gestión y el Archivo Central y el Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos.

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