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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31324 >> Fecha 14/07/2003 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 31324 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Durante el período de elaboración del Plan Nacional de Desarrollo continuarán vigentes los principios establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo precedente, salvo que el logro de las metas y los objetivos asociados a esos principios de de

        Artículo 4º—Durante el período de elaboración y aprobación de un Plan Nacional de Desarrollo continuará vigente lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo precedente, salvo que el logro de las prioridades estratégicas y metas en él establecidas se consideren absolutamente improcedentes o inconvenientes para las nuevas autoridades gubernamentales, de lo cual la o el Ministro Rector respectivo y la o el jerarca correspondiente dejarán constancia debidamente razonada y documentada.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 36464 del 18 de febrero del 2011)

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