Artículo 38
Artículo 38.—Misión y Fines Generales de los Entes de Inspección y de Control
1. La misión encomendada a todos y cada uno de los Entes de Inspección y Entes de Control es la de contribuir a la generación de confianza del Sistema Nacional de la Calidad mediante la realización de actividades de inspección, incluida la auditoría, y de control, competentes, fiables y estrictamente acordes con las exigencias internacionales.
2. Entre los fines generales de todos y cada uno de los Entes de Inspección y de Control se deberán encontrar: (1) asegurar las necesidades nacionales de inspección y de control en las diferentes áreas de actividades en la que son competentes, tanto en el ámbito reglamentario como no reglamentario c incluyendo los productos para exportación y para consumo interno, y (2) estimular el desarrollo de las actividades de inspección y de control en el país como fuente de confianza.
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