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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24023 >> Fecha 30/01/1995 >> Articulo 120
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24023 - Articulo 120
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Artículo 120    (No vigente*)
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Artículo 120
Artículo 120.—Son funciones de la Comisión:
 
a. Dictar normas sobre Selección y Eliminación de los documentos que producen las instituciones mencionadas en el Artículo 2 de la ley que se reglamenta.
 
b. Resolver consultas atendiendo a la directriz de conservar lo que tenga valor científico-cultural, y autorizar la eliminación de los documentos que carezcan de este valor, en las diferentes etapas de formación de los archivos.
 
c. Analizar y aprobar las tablas de plazos de conservación de documentos que presenten las instituciones mencionadas en el artículo 2 de la ley que se reglamenta.
 
d. Dictaminar en los casos en que se intente llevar documentos con valor científico-cultural fuera del país.
 
e. Dictar las directrices generales en los aspectos de procedimiento de las labores de la Comisión.
 
f. Otras funciones que les asignen las leyes y reglamentos.
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