Artículo 168
Artículo 168.Este reglamento deroga los Decretos Ejecutivos
Nº 3798-G del 9 de mayo de 1974 y el No 4664-G del 4 de febrero de 1975 y
cualquier otra disposición reglamentaria que se le oponga.
Dado en la Presidencia de la República.San José, a los
treinta días del mes de enero de
mil novecientos noventa y cinco.
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