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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24023 >> Fecha 30/01/1995 >> Articulo 29
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24023 - Articulo 29
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Artículo 29    (No vigente*)
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Artículo 29
Artículo 29.—Son funciones del Director Ejecutivo:
 
a. Colaborar en la elaboración y revisión de los presupuestos ordinario y extraordinario de la Junta, así como de sus modificaciones.
 
b. Presentar conjuntamente con el Tesorero los proyectos de presupuesto y modificaciones, a conocimiento de la Junta Administrativa, para su aprobación.
 
c. Firmar las órdenes de compra, relacionadas con la adquisición de bienes o servicios acordados por la Junta Administrativa.
 
d. Ejecutar todos los acuerdos de la Junta Administrativa.
 
e. Presentar a conocimiento de la Junta el programa de labores y la evaluación anual de la Dirección General del Archivo Nacional.
 
f. Presentar a la Junta proyectos relacionados con la fijación de políticas archivísticas a nivel nacional.
 
g. Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Administrativa.
 
h. Las demás funciones que le asignen las leyes, reglamentos y acuerdos de la Junta.
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