Artículo 29
(No vigente*)
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Artículo 29
- Artículo 29.Son funciones del Director
Ejecutivo:
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- a. Colaborar en la elaboración y revisión de los
presupuestos ordinario y extraordinario de la Junta, así como de sus modificaciones.
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- b. Presentar conjuntamente con el Tesorero los proyectos de
presupuesto y modificaciones, a conocimiento de la Junta Administrativa, para su
aprobación.
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- c. Firmar las órdenes de compra, relacionadas con la
adquisición de bienes o servicios acordados por la Junta Administrativa.
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- d. Ejecutar todos los acuerdos de la Junta Administrativa.
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- e. Presentar a conocimiento de la Junta el programa de
labores y la evaluación anual de la Dirección General del Archivo Nacional.
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- f. Presentar a la Junta proyectos relacionados con la
fijación de políticas archivísticas a nivel nacional.
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- g. Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de
la Junta Administrativa.
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- h. Las demás funciones que le asignen las leyes,
reglamentos y acuerdos de la Junta.
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