Artículo 33
(No vigente*)
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Artículo 33
Artículo 33.— El Director General del Archivo Nacional, será el responsable de la buena marcha de la institución, del cumplimiento de la Ley 7202 del 24 de octubre de 1990, y del presente reglamento, así como de las funciones descritas en los artículos 23, 28 y 29 de la Ley que se reglamenta.
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