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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24023 >> Fecha 30/01/1995 >> Articulo 41
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24023 - Articulo 41
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Artículo 41    (No vigente*)
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Artículo 41

Artículo 41.—La Dirección General del Archivo Nacional laborará con planes anuales de trabajo formalmente preparados. Cuando la Dirección General lo considere conveniente, se reunirá con los Jefes de Departamento para evaluar el cumplimiento de las metas propuestas y otros asuntos importantes independientemente de los informes escritos y cualquier otro que se establezca.

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