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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31363 >> Fecha 02/06/2003 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 31363 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10
    Artículo 10.—Verificación de las características y especificaciones de los vehículos. Las características y especificaciones estipuladas por el fabricante de los vehículos o las indicadas por un ingeniero mecánico podrán ser comprobadas cuando así lo requiera el MOPT.
    Si el vehículo se hubiere modificado, deberán seguirse las disposiciones del presente Reglamento y las demás que estuvieren vigentes para esos casos.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 32191 del 14 de noviembre del 2004)

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