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 Normativa >> Reglamento municipal 30 >> Fecha 01/10/2003 >> Articulo 12
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<<     Artículo 12     >>
Normativa - Reglamento municipal 30 - Articulo 12
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Artículo 12    (No vigente*)
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Artículo 12

Artículo 12.—Salvo casos de excesiva complejidad, por razones de ubicación, dimensión de la obra u otros, el trámite de la solicitud de aprobación será de ocho días hábiles. En los casos en que por razones de ubicación, dimensión de la obra o por el establecimiento de otras prioridades de parte del municipio, sea imposible la aprobación en el término fijado, la Municipalidad tendrá un plazo máximo de un mes calendario para la aprobación del respectivo permiso de construcción.

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