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 Normativa >> Reglamento municipal 30 >> Fecha 01/10/2003 >> Articulo 46
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Normativa - Reglamento municipal 30 - Articulo 46
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Artículo 46    (No vigente*)
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Artículo 46

Artículo 46.—Que el Concejo Municipal creará en un plazo de 3 a 6 meses, un Manual de Procedimiento de Inspecciones y Clausura de Obras y Aspectos Legales de Tramitación, que sirvan de base para el debido proceso; una vez publicado en La Gaceta y estando vigente, será normativa integrada al presente Reglamento.

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