CAPÍTULO SEGUNDO
CAPÍTULO SEGUNDO
Vigencia e interpretación de las disposiciones
Artículo 44.—Los límites de una zona se podrán extender hasta un máximo de 50 metros, en aumento o disminución del área, de acuerdo a los siguientes parámetros que serán aplicados por la DDU:
a. Ajuste
de límites de zona en un área previamente urbanizada: Cuando un predio se
encuentra dividido por un límite de zona en un área urbanizada, este límite
podrá desplazarse hacia los linderos del predio, considerando el principio de
incorporar el predio en su totalidad a la zona dentro de la cual tenga el mayor
porcentaje.
(Así
reformado el inciso anterior en sesión N° 189 del 21 de febrero del 2006)
b. Ajuste
de límites de zona en un área no urbanizada: Cuando un predio se encuentra
dividido por un límite de zona en un área no urbanizada, este límite podrá
modificarse con un desplazamiento máximo de 25 m, para incorporar el predio
resultante a una de las zonas colindantes de tal manera que coincida el límite
de zona con uno o más linderos. La cabida del predio a segregar no podrá ser
inferior al área mínima reglamentada de la zona a la cual pasará a formar
parte.
(Así
reformado el inciso anterior en sesión N° 189 del 21 de febrero del 2006)
c. Ajuste de límites para la Zona Rural Concentrada: Cuando un predio tenga el mayor porcentaje de su área fuera de los límites de la ZRC, la DDU podrá ampliar estos límites hasta un máximo de 50 m adicionales, cuando el proyecto de fraccionamiento y/o desarrollo presentado sea justificado en términos sociales, económicos y ambientales, fundamentalmente para coadyuvar a los desarrollos residenciales de tipo familiar, conforme se establece en el artículo 45 del presente Reglamento.
d. Predios para uso institucional: cuando se trate de proyectos dentro de la zona institucional la DDU podrá modificar los requisitos urbanos, siempre y cuando no contradigan las normas generales del Plan Regulador o leyes y reglamentos vigentes y con el único fin de ajustarse a las necesidades que la institución interesada requiera, para el óptimo, eficiente y seguro desempeño de sus funciones.
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