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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31626 >> Fecha 22/09/2003 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 31626 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23

Artículo 23.—Los poseedores de animales de compañía que causen molestias como: ladridos constantes, malos olores, ruidos, por disposición de la autoridad sanitaria, deberá realizar los cambios necesarios en su propiedad para evitar las molestias a sus vecinos. En caso contrario se procederá al decomiso del animal o se trasladará a un lugar determinado por la autoridad sanitaria.

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