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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31626 >> Fecha 22/09/2003 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto Ejecutivo 31626 - Articulo 32
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Artículo 32
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CAPÍTULO VI

CAPÍTULO VI

De la vacunación contra la rabia

Artículo 32.—Se declara como zoonosis de denuncia obligatoria la rabia canina y felina, por lo que los médicos veterinarios deberán reportar al Ministerio su ocurrencia. Especialmente deberán coordinar con las autoridades sanitarias los estudios de necropcia de aquellos animales de compañía que hubieran muerto con sintomatología nerviosa, a fin de descartar o confirmar rabia.

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