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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31626 >> Fecha 22/09/2003 >> Articulo 38
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Normativa - Decreto Ejecutivo 31626 - Articulo 38
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Artículo 38
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Artículo 38

Artículo 38.—Las autoridades competentes podrán solicitar a los propietario o encargados la constancia de vacunación contra rabia extendida por profesional competente en papelería controlada.

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