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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31663 >> Fecha 24/02/2004 >> Articulo 7
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<<     Artículo 7     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 31663 - Articulo 7
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Artículo 7    (No vigente*)
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Artículo 7º—Le corresponde al Asesor Supervisor de cada circuito escolar supervisar, asesorar y verificar que los procesos de

Artículo 7º—Le corresponde al Asesor Supervisor de cada circuito escolar supervisar, asesorar y verificar que los procesos de matrícula se realicen adecuadamente en todos los centros educativos y en todas las modalidades de su circuito, con la finalidad de garantizar el derecho a la educación de los estudiantes.


 

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