Nº 31719-H
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las
atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2)
acápite b) de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública de 2 de
mayo de 1978, Ley Nº 8131 o Ley de la Administración Financiera de la República
y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001, Ley Nº 5394 del 5 de
noviembre de 1973 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 31092-H de 11 de
marzo de 2003.
Considerando:
1º—Que la Junta Administrativa
de la Imprenta Nacional, creada mediante la Ley Nº 5394 y sus reformas,
publicada en La Gaceta Nº 216 del 16
de noviembre de 1973, tiene como fines fundamentales la protección y
conservación de los bienes de la Imprenta Nacional, contratar y adquirir bienes
y servicios, así como señalar e imponer las tarifas que considere convenientes
por el precio de costo de los materiales de impresión y edición de las
publicaciones que realice.
2º—Que la Junta requiere
efectuar inversiones que incluyen una automatización integral de los diferentes
procesos productivos y administrativos, que abarca desde el sitio en Internet para
la divulgación del Diario Oficial La
Gaceta y otros servicios, así como la compra de maquinaria y equipo
especializado para el Departamento de Acabados o Postproducción y el Área de
Impresión o Litografía.
3º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 31092-H publicado en La
Gaceta Nº 63 de 31 de marzo del 2003, se promulgaron las Directrices de
política presupuestaria del 2004 para los ministerios, demás órganos según
corresponda y entidades públicas cubiertas por el ámbito de la Autoridad
Presupuestaria, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y
aprobadas por el Presidente de la República, estableciendo la forma de cálculo
y procedimiento para fijar el límite de gasto del período 2004, para las
entidades cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.
4º—Que mediante oficio
STAP-CIRCULAR 647-03 del 29 de abril del 2003, se comunicó a la Junta el límite
de gasto presupuestario fijado para el año 2004.
5º—Que el límite de gasto
presupuestario del 2004 resultante para la Junta, no contempla los gastos
referentes a la compra de maquinaria y equipo que requiere la entidad, por lo
que resulta necesario ampliar dicho límite. Por tanto,
DECRETAN:
Artículo 1º—Modifícase a la
Junta Administrativa de la Imprenta Nacional el límite de gasto presupuestario
para el año 2004, establecido en el artículo 1° del Decreto Ejecutivo Nº
31092-H, publicado en La Gaceta Nº 63
del 31 de marzo del 2003 y comunicado en el STAP-CIRCULAR 0647-03 del 29 de
abril del 2003, de manera que no exceda de ¢1.349.60 millones.