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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31730 >> Fecha 03/02/2004 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 31730 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10

Artículo 10.—Coordinación. La Comisión, a través del Ente Consultivo, participará activamente en la elaboración del Plan de Regeneración Urbana que realizará la Municipalidad. La Comisión, conjuntamente con la Municipalidad velará para que dicho Plan de Regeneración Urbana contenga al menos la ejecución de los trabajos necesarios para mejorar el entorno arquitectónico y paisajístico en general y la revalorización económica de los inmuebles intervenidos por la acción municipal, de manera que se armonice el derecho del propietario del inmueble a ejercer el dominio del mismo a través de su legítimo uso, disfrute y libre disposición, por una parte; y, por otra, se legitime la función social de la propiedad, al constituirse en factor de desarrollo comercial, habitacional, turístico, cultural o de servicios, a través de centros multifuncionales.


 

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