Artículo 8ºCorresponderá al MIDEPLAN:
Artículo 8ºCorresponderá al MIDEPLAN:
- a) Promover y propiciar el funcionamiento efectivo y
eficiente de la estructura de gestión organizacional y desarrollo regional.
- b) Establecer, en coordinación con los Ministerios y demás
instituciones estatales, la instalación de la estructura regional creada mediante este
Decreto.
- c) Apoyar el cumplimiento de los acuerdos del Consejo Social
de Gobierno en materia de ejecución del Plan para la Superación de la Pobreza "Vida
Nueva" y lo relacionado con las funciones de la presente estructura regional.
- d) Las demás atribuciones y obligaciones que establece la
Ley de Planificación Nacional y los demás instrumentos del ordenamiento jurídico
costarricense, en relación con los planes mencionados en el artículo 1º de este
Decreto.
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