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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23323 >> Fecha 17/05/1994 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 23323 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 23323-PLAN
  (NOTA DE SINALEVI: Las reformas realizadas al presente decreto por el decreto ejecutivo N°32632 del 12 de julio del 2005, quedaron sin efecto, al ser derogado este último  por el artículo 1° del decreto ejecutivo N°33206, el cual además introduce nuevas reformas a este texto. Tomando en  cuenta lo anterior el texto vigente es el siguiente:)
 
N° 23323-PLAN
 
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA

    En uso de las facultades que les conceden los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política,

Considerando

    1°-Que las continuas transformaciones en el orden internacional y político requieren de una estructura de Gobierno ágil y eficiente; capaz de responder oportunamente a las necesidades del país.
    2°-Que la reestructuración y optimización del Estado constituye un medio para la consolidación de un proceso de desarrollo coherente.
    3°-Que atendiendo a la necesidad de racionalizar el Sector Público, se requiere reorientar la gestión planificadora para que el Ministerio asuma un protagonismo institucional en la función asesora de la Presidencia de la República en la formulación, recomendación y seguimiento de las acciones de Gobierno a corto, mediano y largo plazo.
    4°-Que ese organismo debe contar con una estructura flexible que le permita el cumplimiento de los objetivos establecidos por ley así como de aquellos prioritarios dentro de la gestión de Gobierno. Por tanto,

Decretan:

El siguiente,

REGLAMENTO GENERAL DEL MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA (MIDEPLAN)
 
  
Naturaleza:

    Artículo 1º- El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, en adelante MIDEPLAN, es órgano asesor y de apoyo técnico de la Presidencia de la República.

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